A merced de los transgénicos deja SCJN a los yucatecos

Los ministros determinaron que declarar zonas libres de OMG es atribución exclusiva de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural

Mérida, Yucatán. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó un decreto del gobierno de Yucatán que definía a esta entidad como una zona libre de Organismos Genéticamente Modificados (OGM).

Por mayoría de nueve votos, el Pleno de Ministros consideró que, al emitir este decreto, Yucatán había invadido las atribuciones exclusivas de la Federación, contenidas en la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM).

El Decreto 418/2016, invalidado por la Corte, se emitió luego de las protestas de comunidades indígenas de apicultores, quienes denunciaron por años que los cultivos de OGM, fundamentalmente soya, requerían del glifosato, herbicida que estaba afectando a las abejas nativas de la península.

Sin embargo, la mayoría de los ministros de la SCJN consideró que declarar zonas libres de OMG es una facultad exclusiva de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), según el artículo 90 de la LBOGM.

El ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, votó con la mayoría luego de señalar que sería un tema grave reconocer al gobernador de un estado facultades en materia de emitir prohibiciones contra los OGM.

No obstante, la Corte aceptó que hay que reparar las omisiones en este caso y aprobaron entre los efectos de su fallo incluir un exhorto al Gobierno Federal para que responda a las denuncias de las comunidades de Yucatán por los efectos negativos de la siembra de OGM en la zona.

(Con información de La Jornada Maya)

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