Evade SEGEY mandato del Tribunal de los Trabajadores

Mérida, Yucatán. Los profesores del Centro Estatal de Bellas Artes Leticia Sánchez Vargas (Danza), Francisco Lope Ávila y Fernando de la Cruz Herrera (Creación Literaria) obtuvieron resolución favorable a la demanda laboral iniciada hace seis años contra la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado de Yucatán (SEGEY), documentada en el expediente laboral 116/2012 y acumulado. Sin embargo, la SEGEY no cumple la sentencia.

El Tribunal de los Trabajadores al Servicio del Estado y de los Municipios, perteneciente al Poder Judicial del Estado de Yucatán, condenó a la SEGEY al pago de salarios caídos con montos claramente especificados en el laudo a favor de los demandantes, en el cual también ordenó la inscripción de éstos en el ISSTEY y su reinstalación en los puestos que desempeñaron antes de la demanda, como docentes en el CEBA. Dicho tribunal fijó un plazo de 72 horas para que la SEGEY cumpliera el laudo emitido en agosto de 2017 (anexo).

Durante diez meses, la SEGEY se ha mantenido en desacato de esta resolución judicial cuyos puntos señalados ya están en firme por sentencia del H. Tribunal Colegiado en Materias de Trabajo y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito. Por su parte, el Tribunal de los Trabajadores al Servicio del Estado y de los Municipios ha solapado dicho desacato al no utilizar “los medios de apremio que señalan los artículos 161 y 162 de la ley en materia”, como indica su propio laudo en el sexto punto de su resolución.

Los funcionarios directivos de la SEGEY se mantienen en la condición de violadores de las leyes y del mandato de las instituciones federal y estatal de justicia laboral, de ser instrumento para el hostigamiento contra defensores civiles de los derechos humanos y de usar los recursos públicos al estilo de los estados totalitarios: no pagar el trabajo realizado.

(Con información de la Jornada Maya)

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Social Media Auto Publish Powered By : XYZScripts.com