Analizan reforma a Código de Familia de Yucatán

La iniciativa legal al Código estatal fue enviada por el Tribunal Superior de Justicia, a través del magistrado Ricardo Ávila Heredia

Mérida, Yucatán. La Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación del Congreso de Yucatán recibió para análisis la iniciativa de reforma al Código de Familia del Estado que envió el Tribunal Superior de Justicia, a través del magistrado presidente, Ricardo Ávila Heredia.

Ahora, corresponderá a los legisladores revisar individualmente cada modificación propuesta.

La iniciativa contempla la armonización de las figuras de matrimonio y concubinato.

El Tribunal sostiene que, no obstante, las disposiciones a nivel internacional y nacional, el Código de Familia para el Estado de Yucatán, en su artículo 49, acota la primera a la unión de un hombre y una mujer, con lo cual limita a las parejas del mismo sexo en su derecho a formar una familia y vulnera igualmente el principio constitucional de igualdad y no discriminación.

Cita, además, jurisprudencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y propone que la nueva definición de matrimonio sea la unión jurídica, libre y voluntaria, entre dos personas, con igualdad de derechos, deberes y obligaciones, para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto y ayuda mutua.

Esta definición suprime las referencias al hombre y a la mujer y en su lugar considera a las personas, sin distinción de sexo.

También propone modificar la figura del concubinato, definiéndola como la unión de dos personas quienes, libres de matrimonio, hacen vida en común de manera notoria, permanente, han procreado hijos o han vivido públicamente como cónyuges durante dos años continuos o más.

Otras modificaciones que contempla el Tribunal son: derecho de alimentos desde la concepción, derecho de alimentos para las parejas de hecho estables, reconocimiento al trabajo en el hogar, condena de alimentos al cónyuge conocedor del impedimento, parámetro para fijar la compensación en el divorcio sin causales, regulación de la reproducción asistida, regulación de la custodia compartida, restitución de niñas, niños y adolescentes, adopción, cambio de custodia, tutela graduable y proporcional de adultos con discapacidad y sucesiones.

(Con información de La jornada Maya)

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