Nueva sentencia a favor de Ley de Industria Eléctrica

No obstante, la reforma que permite a CFE regular el mercado y no las empresas privadas, permanece suspendida por otras demandas

Ciudad de México. El gobierno federal obtuvo, por segunda ocasión en menos de un mes, un ordenamiento judicial para poner en marcha las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), las cuales habían quedado aplazadas en previas suspensiones definitivas concedidas en juicios de amparo.

Sin embargo, la reforma eléctrica permanecerá suspendida hasta que los tribunales resuelvan todas las suspensiones otorgadas por los dos juzgados de competencia económica, encabezados por los jueces Juan Pablo Gómez Fierro y Rodrigo de la Peza López Figueroa.

De esa forma, están en pausa las reformas que permiten a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) tener preferencia sobre empresas privadas que participan en el mercado eléctrico.

Desde marzo pasado, los jueces federales especializados otorgaron más de una veintena de suspensiones que tienen frenada actualmente la reforma eléctrica. Se promovieron por lo menos 53 juicios de amparo ante jueces contra dicha normatividad.

El pasado 15 de junio, el presidente Andrés Manuel López Obrador aseveró que propondría al Congreso de la Unión una reforma constitucional para garantizar que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) tenga al menos una participación de 54% en el mercado de generación eléctrica, en caso de que el Poder Judicial de la Federación insistiera en mantener vigentes las suspensiones a la reforma a la LIE.

López Obrador dijo que: “yo no quería llegar a una reforma constitucional en materia eléctrica, por eso se hizo una reforma a una ley para resolver este problema, pero todavía no se publicaba la ley y empezaron a aprobarse por los jueces los amparos ¿entonces qué nos queda? una reforma constitucional”.

En ese sentido, este jueves 15 de julio, con voto de los magistrados Gildardo Galinzoga Esparza y Eugenio Reyes Contreras, y en contra de la magistrada Rosa González Tirado, el Primer Tribunal Colegiado Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones revocó una suspensión otorgada a la empresa Parque Solar Orejana de Zuma Energía, que tenía efectos generales para los participantes privados en el sector.

“Las medidas (…) implican la imposibilidad de un generador eólico o solar para celebrar contratos con CFE suministrador, el único SSB del país y el cual abastece de energía a 44 millones de clientes. De igual forma, la modificación del criterio de despacho relega a generadores limpios y competitivos a favor de plantas de generación tradicionales. Dado que la energía de los primeros es más barata y limpia, esto implicaría mayores costos de energía para CFE suministrador, al igual que mayores emisiones de Gases de efecto Invernadero producidas por el sector eléctrico”, mencionó el Centro de Investigación Económica y Presupuestaria, A. C.

Cabe destacar que el pasado 1 de julio, el Segundo Tribunal Colegiado también revocó una suspensión definitiva y resolvió que todas las suspensiones debían ser eliminadas. De esa forma, la Ley de la Industria Eléctrica se aplicará tal como fue publicada el pasado 9 de marzo en el Diario Oficial de la Federación (DOF), con lo que la Secretaría de Energía y la Comisión Reguladora de Energía (CRE) contarían con 180 días para ajustar reglamentos, políticas, criterios y lineamientos correspondientes.

Asimismo, en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) está pendiente de resolución una acción de inconstitucionalidad promovida por diversos senadores en contra de las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) que promovió el presidente Andrés Manuel López Obrador.

El pasado 11 de mayo, la SCJN admitió la demanda de acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Federal de Competencia Económica, en contra de las mismas reformas. Sin embargo, el máximo tribunal negó la suspensión provisional de dicha norma.

¿Qué prevé la reforma en materia eléctrica?

  1. Nuevo criterio de despacho eléctrico.- Se priorizará la inyección de la energía generada por la CFE a la red, rompiendo el principio de que la energía más barata es la que se despacha primero.
    El orden de despacho quedaría así: Hidroeléctrica CFE + otras centrales CFE + renovables privados + ciclos combinados privados.
  2. Flexibilizar el otorgamiento de CEL.- Los Certificados de Energía Limpia se diseñaron para incentivar inversión en renovables después de la apertura y se otorgan por cada megawatt-hora generado con energía limpia.
    Se permitiría ahora asignar CEL a energía producida en centrales existentes antes del 2014, lo que beneficiará a las plantas de generación limpia de la CFE.
  3. Subastas eléctricas ya no serán obligatorias para la CFE.- La filial de CFE que se dedica a vender la electricidad a los consumidores finales (CFE Suministro Básico) ya no estará obligada a adquirir la energía que revende a los usuarios a través de subastas.
  4. Eliminación del autoabasto eléctrico Es un régimen previo a la reforma del 2013 que subsistió y permite a las empresas asociarse y producir electricidad para sus operaciones. El autoabasto desaparecería de por sí, pero hasta que los permisos expiraran.
    La reforma del 2021 facultaría a la CRE para revocar permisos de autoabasto si encuentra que son fraudulentos.

(Con información de El economista)

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Social Media Auto Publish Powered By : XYZScripts.com