Familiares recibirán ingreso de pensión de desaparecidos

Es decir, cuando una persona beneficiaria desaparezca por más de un mes, sus familiares tendrán derecho a recibir la pensión provisionalmente

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles una reforma a la Ley del Seguro Social con la que cuando un pensionado esté desaparecido más de un mes, sus beneficiarios reciban una pensión.

Con 369 votos a favor se avaló el dictamen con proyecto de decreto que adiciona el artículo 137 Bis a la Ley del Seguro Social. Ahora pasa al Ejecutivo para su publicación.

La minuta aprobada por los legisladores tiene por objeto establecer en la Ley del Seguro Social que cualquier ciudadano que desaparece de su domicilio por más de un mes sin que se tengan noticias de su paradero, los familiares derechohabientes, con derecho a la pensión, disfruten de la misma.

Además, tendrá derecho a las prestaciones médicas y sociales en los términos de la sección de pensión por causa de muerte del seguro de invalidez y vida de carácter provisional.

Para ello, dicta el documento que se debe realizar una solicitud, bastando para ello que se compruebe el parentesco y la desaparición del pensionado, «sin que sea necesario promover diligencias formales de ausencia».

(Con información de El Financiero)

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