Exonera Trife a funcionarios federales por promoción

Delegados, subdelegados regionales y servidores de la nación, violaron el artículo 134 constitucional durante la ejecución de programas sociales

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que, durante la ejecución de los programas sociales del gobierno federal, 36 funcionarios, entre delegados, subdelegados regionales y servidores de la nación, violaron el artículo 134 constitucional, al utilizar recursos públicos para realizar promoción personalizada del presidente Andrés Manuel López Obrador.

En su resolución aprobada por mayoría, los magistrados de la sala regional especializada no atribuyeron ninguna responsabilidad del hecho al mandatario, a la secretaria de Bienestar, María Luisa Albores, y al coordinador de Programas para el Desarrollo del gobierno federal, Gabriel García Hernández, ya que «no existen hechos propios que les puedan ser reprochables en la ejecución de las conductas» señaladas.

También exoneraron al partido Morena de alguna responsabilidad en el caso, toda vez que no se acreditó su participación.

Los integrantes de la sala especializada acordaron dar vista al Órgano Interno de Control de la Secretaría de Bienestar del gobierno federal y a la titular de la misma, para que determine lo correspondiente.

Autores intelectuales

La queja contra la actuación de los servidores de la nación fue interpuesta por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), el cual anunció que impugnará el fallo ante la sala superior del TEPJF, pues estimó que debe castigarse a los funcionarios exonerados, por ser los autores intelectuales del funcionamiento de esa estructura.

En su denuncia, el partido del sol azteca precisó que los funcionarios responsables de la ejecución de los programas sociales realizaban promoción personalizada de López Obrador, toda vez que en su indumentaria llevaban el nombre del mandatario y atribuían a él la indicación para entregar los apoyos.

La sala regional especializada determinó que sí se vulneró el artículo 134 constitucional, pues se detectó un uso indebido de recursos públicos para realizar propaganda gubernamental con elementos de promoción personalizada durante el otorgamiento de los respaldos, por parte de los funcionarios involucrados en los proyectos sociales.

En el proyecto de resolución se señala que en las redes sociales de esos servidores públicos se encontraron múltiples imágenes y videos donde se observa que en su indumentaria, aparece el nombre del Presidente y que al entregar el beneficio, se le atribuye la indicación para el otorgamiento de los mismos.

También se menciona que se violentó el principio de imparcialidad al desatender el carácter institucional y de incondicionalidad que debe prevalecer en la implementación de cualquier programa social. Esto puede repercutir en los procesos comiciales de los estados de Hidalgo y Coahuila, se afirma.

Incumplimiento de medidas cautelares

De igual manera se encontró incumplimiento de las medidas cautelares dictadas por la Comisión de Quejas del Instituto Nacional Electoral (INE) al no retirar de Internet las publicaciones alusivas al caso.

Durante el análisis del tema, la magistrada presidenta de la sala especializada, Gabriela Villafuerte, consideró que sí se efectuó propaganda gubernamental en periodo prohibido, pues la mayor parte de las videograbaciones e imágenes se publicaron cuando estaban en marcha las campañas electorales de 2019.

Sin embargo, rechazó que se hubiera registrado la promoción personalizada del Presidente, toda vez que en este momento, él no aspira a otro cargo público.

Villafuerte señaló que en las publicaciones de los funcionarios se observa a personas agradeciendo al Presidente el otorgamiento de los programas, pero el establecimiento de tales vínculos de agradecimiento puede ser arriesgado por los grados de pobreza y marginación que hay en México.

(Con información de La Jornada)

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