En Chiapas, sanciona INE a 63 funcionarios públicos

El instituto otorgó un plazo de 24 horas a dos diputados para retirar toda publicación donde divulguen su imagen, voz y nombre

El Instituto Nacional Electoral (INE) emitió medidas cautelares en contra de dos legisladores federales del estado de Chiapas, por la probable promoción personalizada en la entrega de bienes y productos a la población durante la contingencia sanitaria por el virus covid 19.

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE resolvió durante el martes 30 de junio imponer medida cautelar a 63 servidoras y servidores públicos de distintos niveles, cargos y procedencia partidista de 15 estados, donde los diputados federales (Morena) por el Distrito 7 y 12 de Chiapas fueron llamados a realizar acciones necesarias y suficientes para eliminar, publicaciones tanto en redes sociales como en páginas de internet.

A esto, el instituto otorgó un plazo de 24 horas a los diputados chiapanecos: José Luis Elorza Flores y Miguel Prado de los Santos, para retirar toda publicación donde divulguen su imagen, voz y nombre.

El organismo electoral puntualizó que, durante los meses de abril, mayo y junio de este año, diversos órganos del INE certificaron y documentaron publicaciones, notas y fotografías en páginas de internet y redes sociales de servidoras y servidores públicos promocionando su participación en la entrega de bienes o productos a la ciudadanía en el marco de la emergencia sanitaria.

Luego de las investigaciones preliminares, el INE determinó iniciar, de oficio, Procedimientos Especiales Sancionadores, ya que existe un posible uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada, lo que afecta las condiciones de equidad para el proceso electoral federal y local del 2021.

Por ello, las consejeras electorales, Claudia Zavala y Adriana Favela, y el consejero Jaime Rivera, ordenaron a 22 servidoras y servidores públicos –incluidos los de Chiapas– que se abstengan de promoverse en actividades de entrega u ofrecimiento de bienes y productos durante la emergencia sanitaria y su respectiva difusión o publicidad, ya que, desde una perspectiva preliminar y bajo la apariencia del buen derecho, sus publicaciones contienen elementos de promoción personalizada; donde refieren su nombre y cargo, “aparece su imagen y los mensajes publicados, en general, son realizados en primera persona”.

Sin embargo, la Comisión resolvió improcedente otorgar medida cautelar a 41 funcionarios y funcionarios, ya que, bajo la apariencia del buen derecho y de un análisis preliminar, las ligas con el material denunciado fueron dadas de baja, por lo que se está ante hechos consumados.

De los 41 casos, el INE decidió no otorgar medidas cautelares a Rosa Irene Urbina Castañeda y a Mónica del Carmen Escobar González, presidenta y regidora del Ayuntamiento de Tapachula.

El organismo agregó que en 19 de los 41 casos, los integrantes de la Comisión consideraron que son publicaciones o material que corresponden a ejercicios de cobertura noticiosa, o aquellas en las cuales la ciudadanía realizó denuncias o las hizo del conocimiento público a través de la mención de fuentes noticiosas, hechos que en principio tienen cobertura legal y, por ende, no existe base para analizarlas bajo la óptica de una medida cautelar, ya que no se advierte que se trate de contenido pagado, administrado o controlado por los servidores públicos involucrados y son publicaciones amparadas en la libertad de información y prensa.

(Con información de Diario Contra Poder en Chiapas)

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