PRI, PAN y PRD obstruyen Sistema Nacional Anticorrupción

La falta de consenso en el Senado, dominado por PRI, PAN y PRD. para nombrar a un fiscal evita que se ponga en marcha la Fiscalía Especializada en materia de Delitos relacionados con Hechos de Corrupción.

Además, se necesita la ratificación de los magistrados del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que llevarán a cabo los juicios contra los acusados de corrupción, ya sean funcionarios públicos o integrantes de la iniciativa privada.

El reciente inicio de operaciones del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), creado en el marco de la reforma constitucional de mayo de 2015 en materia de combate a la corrupción, fue un tanto incierto debido a las deficiencias con las que cuenta su estructura, principalmente la falta de ratificación de los magistrados especializados del ahora Tribunal Federal de Justicia Administrativa, encargados de sancionar a funcionarios y particulares por actos de corruUpción y la falta de nombramiento del fiscal anticorrupción, quien investigará dichos delitos.

Pero, ¿qué es lo que ha retrasado la designación del fiscal y cuál es el impacto en la correcta puesta en marcha del SNA?

Si bien el Senado de la República tiene la tarea de nombrarlo con dos terceras partes de los integrantes de la cámara, no ha sido posible llegar a un consenso por parte de las diversas bancadas partidistas para su designación, quienes pretextan que necesitan realizar reformas a las atribuciones y analizar de fondo los requisitos que deben cumplir los candidatos a ocupar el puesto.

Con tales falaces argumentos, se ha retrasado el nombramiento por más de dos años, tiempo en el cual se han establecido prórrogas que tampoco se han cumplido.

Los legisladores actúan impunemente y favorecen la corrupción

Derivado de lo anterior, se ha detenido el inicio de actividades de la Fiscalía Especializada en materia de Delitos relacionados con Hechos de Corrupción creada en marzo de 2014 mediante acuerdo emitido por la Procuraduría General de la República (PGR), y reformado el pasado abril, pues en sus artículos transitorios se establece que la Fiscalía entrará en vigor a partir del nombramiento de su titular por parte del Senado de la República.

Asimismo, la reforma al Código Penal Federal en Materia de Combate a la Corrupción, publicada en el DOF de 18 de julio de 2016, mediante la cual se modifica la denominación del Título Décimo para ser de los “Delitos por hechos de corrupción”, está condicionada también al nombramiento del titular de la Fiscalía Especializada y, por tanto, la imposición de penas en él previstas.

Por ahora, el SNA se ve limitado a aplicar sanciones únicamente a nivel administrativo por delitos de corrupción, por lo que la pronta designación de los magistrados y el fiscal anticorrupción es de suma relevancia para poder operar un sistema completo que cumpla con el objetivo de ser la institución que prevenga, investigue y sancione la corrupción a través de sus diferentes herramientas legales, instrumentos y protocolos normativos.

Recordemos que México se encuentra en la mira internacional por los diversos casos de corrupción que han salido a la luz pública en los últimos años, por lo que el correcto funcionamiento del SNA debe ser una prioridad no sólo en el actuar legislativo, sino para todos los mecanismos institucionales creados para su correcta implementación y funcionamiento, y de esta forma los ciudadanos puedan vislumbrar el cambio sustancial en el combate a la corrupción que tanto han esperado.

(Con información de Forbes)

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Social Media Auto Publish Powered By : XYZScripts.com