Ajustan la venta de bebidas alcohólicas en Tabasco
Locales de venta y consumo de bebidas alcohólicas podrán operar al 50 por ciento de su capacidad de aforo
Villahermosa, Tabasco. El Gobierno del Estado a través de la Secretaría de Finanzas (Sefitab) publicó este martes en el Periódico Oficial, un nuevo Acuerdo por el que se ajustan horarios y aforos para la venta, distribución y consumo de bebidas alcohólicas, con el objetivo de controlar la movilidad social.
Paralelamente al Decreto publicado por el Ejecutivo Estatal, en el que Tabasco retrocede a semáforo epidemiológico amarillo, la Secretaría de Finanzas con base en la Ley que Regula la Venta, Distribución y Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Estado, difundió por razones de orden público o de interés social el nuevo acuerdo, con el exhortó a cumplir las nuevas disposiciones.
En general, la venta y consumo de bebidas alcohólicas en envases cerrado y abiertos, en los establecimientos que cuentan con licencia de funcionamiento, podrá realizarse al 50 por ciento de su capacidad, garantizando la sana distancia y con venta permitida hasta las 21 horas.
“Con independencia de los horarios habituales para la venta y consumo de bebidas alcohólicas establecidos en el presente acuerdo, los establecimientos señalados en este instrumento jurídico deberán operar al 50 por ciento de su capacidad de atención al público, siempre que se garantice la sana distancia, de conformidad con las medidas generales y específicas de higiene y seguridad establecida en el Plan para la Transición Gradual hacia una Nueva Normalidad y la Reactivación Económica del Estado de Tabasco”, cita.
Precisa el Acuerdo, que las autoridades federales, estatales y municipales, en sus respectivos ámbitos de competencia, coadyuvarán con la Secretaría de Finanzas para la observancia de las disposiciones establecidas.
Además, que el incumplimiento del presente Acuerdo se sancionará con multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, la suspensión preventiva de la actividad comercial de bebidas alcohólicas hasta por un plazo de 90 días y, en su caso, la revocación de la licencia de funcionamiento.
Especifica que en el caso de los establecimientos que venden bebidas alcohólicas en envase cerrados: abarrotes, centro comercial, expendio, mini súper, supermercado, ultramarinos y tienda de conveniencia, podrán operar en su horario habitual de apertura y cierre, al 50 por ciento de su capacidad de atención al público, garantizando la sana distancia.
Asimismo, con un aforo al 50 por ciento de su capacidad de atención al público, el Acuerdo autoriza la venta y consumo de bebidas alcohólicas en envase abierto en sus horarios habituales de apertura y cierre (21:00 horas), en los establecimientos que cuenten con licencia de funcionamiento de: bar, bar con presentación de espectáculos, casino, club deportivo, centro de espectáculos, desarrollo turístico y recreativo, discoteca, hoteles, moteles, restaurante y restaurante-bar.
En el caso de los centros de espectáculos y salones de bailes, operarán al 50 por ciento, los días y horarios determinados por las autoridades estatales y municipales competentes; mientras las distribuidoras de bebidas alcohólicas, sólo operarán en sus horarios de apertura hasta las 17:00 horas.
Se solicita a los establecimiento que cuenten con licencia de funcionamiento para la venta y consumo de bebidas alcohólicas, acatar e implementar las medidas de protección a la salud, que establece el Artículo Quinto del Decreto emitido por el titular del Poder Ejecutivo, por el que se determina que el estado de Tabasco transita a semáforo amarillo y se establecen medidas y acciones extraordinarias de inmediata ejecución para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2″ (COVID-19).
(Con información del Poder Ejecutivo de Tabasco)