10 años de cárcel a alcoholizados que causen accidentes viales

Mérida, Yucatán. Con el objetivo de inhibir el consumo de alcohol en conductores y prevenir accidentes viales, el legislador de Morena, Jose Montalvo Lara, presentó una iniciativa de ley que castiga con 10 años de prisión a una persona que le arrebate la vida a otra en un accidente de tránsito donde el guiador este bajo los influjos de alguna sustancia.

En entrevista, el legislador recordó que existe un alto índice de accidentes de tránsito causados por personas bajo el efecto de bebidas embriagantes, estupefacientes, psicotrópicos u otras substancias que producen efectos similares.

“El consumo de bebidas embriagantes y otras sustancias causan alteración de las capacidades cognitivas, encargadas del procesamiento de la información, afectando directamente en la atención, percepción, resolución de problemas, comprensión, entre otras, por lo que una persona promedio que se encuentra intoxicada por consumo de bebidas embriagantes u otras sustancias, ve disminuidas sus capacidades”, dijo.

“Un dato relevante que proporcionó la SSP del Estado y que no debe pasar inadvertido, es que en Yucatán del año 2015 hasta el mes de abril del presente año, han ocurrido aproximadamente seis mil 740 accidentes o hechos de tránsito terrestre, de los cuales mil 685 fueron ocasionados por personas en estado de ebriedad o bajo el efecto de otras substancias que producen efectos similares”.

Indicó que ante tales números, fue necesario el impulsar una iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se Reforman y Adicionan Diversas Disposiciones del Código Penal del Estado de Yucatán, con la intención de desalentar la conducción de vehículos bajo los efectos del alcohol u otras sustancias que producen efectos similares.

“Actualmente nuestro Código Penal no es claro respecto de las sanciones que deban aplicarse en estos supuestos, pues deja a consideración del juzgador la imposición de las penas, lo que permite que una persona sin mayor problema pueda acceder a su libertad, aun cuando haya cometido por su actuar negligente e imprudente la muerte de alguna persona”, advirtió.

Por tal motivo, se propone que se les imponga una sanción estricta, es decir, que la pena mínima de prisión sea de seis años, y que la máxima sea de 10.

(Con información de La Jornada Maya)

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