Funcionarios deberán entregar documentos requeridos por jueces, aún si están reservados: SCJN
Ciudad de México. Los servidores públicos están obligados a entregar los documentos que les requieran los jueces y no pueden eludir esa responsabilidad bajo el argumento de que existe un procedimiento de acceso a la información pendiente o resuelto, o hayan sido clasificados como reservados.
Así lo ordenó el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al resolver una contradicción de tesis sustentada entre dos Tribunales Colegiados de Circuito.
Los ministros determinaron que, con fundamento en el artículo 121 de la Ley de Amparo y respetando los derechos a la defensa y de acceso a la justicia, los jueces deben requerir los documentos ofrecidos como prueba por una de las partes.
En tanto, la autoridad responsable debe remitirlos sin que pueda dejar de hacerlo con el argumento de que existe un procedimiento de acceso a la información pendiente o resuelto.
También señalaron que, una vez recibida la documentación, los jueces deberán tomar las medidas necesarias para salvaguardar los datos protegidos.
El proyecto a cargo del ministro Eduardo Medina Mora, propone que los servidores públicos sean obligados a entregar los documentos requeridos judicialmente.
“El servidor público en el proceso de documentos ofrecidos como prueba en el juicio de amparo, no puede rehusarse a acatar el requerimiento emitido por el órgano jurisdiccional de amparo, en los términos del artículo 121 de la ley de la materia, sobre la base de que dichos documentos contienen información que ha sido, debería o podría ser clasificada como reservada confidencial dentro de un procedimiento de acceso a la información, pues éstas son limitantes del derecho de acceso a la información de los gobernados, más no de la facultad de una autoridad jurisdiccional para requerirlos”, señala el proyecto que fue aprobado por unanimidad.
(Con información de proceso.com.mx)