Da Poder Judicial protección a personajes corruptos

Con el amparo otorgado por unanimidad, se da una carta de impunidad a Luis Cárdenas, actualmente preso en Estados Unidos

Cuauhtémoc, Ciudad de México. El titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda, Pablo Gómez, denunció que el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del primer Circuito otorgó el “amparo de la Justicia de la Unión “ al ex director de Seguridad Federal de la Policía Federal, Luis Cárdenas Palomino para que sean desbloqueadas sus cuentas que se tenían aseguradas por la UIF como parte de una investigación en su contra.

Gómez acusó que con este amparo otorgado por unanimidad, se da una carta de impunidad al ex funcionario actualmente preso en Estados Unidos.

“¿Qué significa esto? Significa que la acción del gobierno con el propósito de prevenir actividades ilícitas el sistema financiero de parte de individuos que están siendo sujetos a procedimientos jurídicos de distinto tipo y se conoce que realizan actividades de lavado de dinero son liberados del problema de estar en la lista de personas bloqueadas y no poder realizar actividades en el sistema financiero por el Poder Judicial mexicano que debería estar interesado en lo contrario. México no puede callar frente a esto, no es un problema de colaboración”.

Durante la conferencia presidencial, Gómez exhibió a los magistrados que aprobaron por unanimidad el amparo abriendo la puerta a la impunidad por casos de corrupción sustentados en una jurisprudencia del ex ministro de la Suprema Corte de justicia de la Nación, Eduardo Medina Mora (quien también fue procurador General de la República en el gobierno de Felipe Calderón) mencionando que el presidente es Jorge Antonio Cruz Ramos y los integrantes son María Elena Rosas López y Pablo Domínguez.

El presidente Andrés Manuel López Obrador sostuvo que “esto es una afrenta al movimiento que busca acabar con la justicia y la impunidad, estas batallas las vamos a seguir dando todos los días”.

El titular de la UIF señaló que este tipo de decisiones contrarias a la lucha contra la corrupción e impunidad tienen que darse a conocer porque se ampara actividades como lavado de dinero porque son “liberados del problema de estar en la lista de personas bloqueadas y no poder realizar actividades en el sistema financiero por el poder judicial mexicano que debería interesar lo contrario. México no puede callar frente a esto, no es un problema de colaboración entre poderes”.

Gómez ironizó con el contenido de la tesis de Medina Mora y consideró fundamental que la SCJN revise su carácter malinchista, señalando que los procedimientos de bloqueos de cuentas “carecen de certeza y de seguridad jurídica”, mencionando que hay una excepción cuando se solicita este bloqueo de cuentas cuando es solicitado por un gobierno extranjero.

Sostuvo que esto no se puede callar y se debe informar al pueblo de México lo que está pasando porque similar a este procedimiento que se realizó con Cárdenas Palomino hay decenas, centenares de cuentas bloqueadas cuyos propietarios forman parte de la lista de personas bloqueadas por la UIF. Para los magistrados, que siguieron este criterio, como esta no es una solicitud de un gobierno extranjero carece de suficiente certeza jurídica, según la jurisprudencia de Medina Mora.

“No solamente es un criterio malinchista, es un criterio que “sirve para convalidar actividades ilícitas y sirve para proteger no sólo a integrantes de la delincuencia organizada sino especialmente a los corruptos, a ex servidores públicos».

Gómez condenó la decisión de este Tribunal de Circuito no sólo porque es inatacable sino porque obstaculiza uno de los principales instrumentos de la UIF para el combate a la corrupción. Inclusive, denunció, “hay jueces que han prohibido que la información de la UIF pueda ser entregada al Ministerio Público y entonces quedan las personas que están siendo protegidas por esos jueces, en situación de impunidad total”.

Esto porque para judicializar sobre el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, es decir, de lavado de dinero se requiere forzosamente la denuncia de la UIF según el Código penal en el artículo 400 B al momento en que se impide que el gobierno pueda dar datos obtenidos legalmente de personas expuestas políticamente.

Gómez subrayó que con los criterios del Poder Judicial a las personas que podrían estar involucrados en estos ilícitos “los están dejando en la completa impunidad, nunca podrán ser denunciados, ya no digamos inculpados. Entre las tareas que tiene el país es hacer un ajuste en estos criterios porque son instrumentos de impunidad que debemos impedir; hay que convocar esta lucha contra la corrupción”.

(Con información de La Jornada)

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