Alista INE normas para ‘ante proceso’ electoral inédito
Por orden del TEPJF deben los actos políticos vinculados a la contienda del año próximo, previos al calendario que marca la ley
Ciudad de México. El Instituto Nacional Electoral (INE) alistaba este martes las reglas para los futuros precandidatos presidenciales, las cuales incluirían el retiro de propagada que a juicio del organismo contenga alusiones proselitistas, y el abono de los gastos actuales al tope de precampañas.
Aunque el proceso electoral 2023-2024 inicia el 4 de septiembre próximo y las precampañas hasta la tercera semana de noviembre, el INE asume, con base en los parámetros dictados por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que debe normar los actos políticos vinculados a la contienda del año próximo, realizados antes del calendario que marca la ley.
Ante la orden de los magistrados, consejeros y funcionarios electorales, así como representantes de partidos políticos, han discutido a marchas forzadas desde el sábado, desde qué nombre darle a las reglas y la manera de garantizar que estas no violen los límites de lo que ya establece la Constitución y las leyes.
“El proceso en el que nos encontramos no es precampaña, no es campaña, porque no ha iniciado el proceso electoral; estamos frente algo sui generis, algo inédito…Debemos ser cuidadosos para evitar que el INE intente legislar, de ahí que lo que se está construyendo es de manera enunciativa”, dijo el consejero Jorge Montaño.
En uno de los borradores circulados hoy entre consejeros, se leía el siguiente título:
“Lineamientos generales para regular y fiscalizar los procesos, actos, actividades y propaganda que realicen los sujetos obligados o personas vinculadas, independientemente de la denominación que se les dé, como parte del proceso político para definir a quienes podrían ostentar una precandidatura o candidatura, previo al inicio de las precampañas en el PEF 2023-2024”.
Igualmente los consejeros buscan incluir reglas que ya habían emitido a nivel de medida cautelar de la Comisión de Quejas y Denuncias; por ejemplo, que los partidos dejen trabajar a los verificadores del INE, sin que se les pida o inciten al público a identificarles; que los eventos no tengan como objetivo obtener el respaldo para una postulación electoral, y que «los actos partidistas deberán realizarse preferentemente en lugares pertenecientes al propio partido político, como sus oficinas estatales o municipales».
Según fuentes consultadas, dos temas tenían atorada la redacción final: alcance de los servidores públicos en los eventos tanto de Morena como de la oposición, y la propaganda.
Este martes, los transitorios del anteproyecto – sujeto a discusión- señalaban la obligación de los partidos de notificar al INE quiénes son sus aspirantes y, en su caso, la propaganda de la que se hacían responsables.
Es decir, serían los propios partidos quienes deberían retirar la “propaganda masiva” de naturaleza electoral o proselitista “ya sea en espectaculares, vehículos del transporte público (como pueden ser las llamadas pegatinas, entre otras) y en la pinta de bardas en que aparezcan las personas participantes de los procesos políticos en curso”.
En otro de los transitorios se lee que la propaganda (proselitista) que no sea retirada “será computada, en su momento, como gasto de precampaña”.
En materia de fiscalización, materia de estos lineamientos, iniciaría a partir de la convocatoria de cada bloque (para Morena y sus aliados sería desde el 11 de junio) y de la oposición (PAN, PRI y PRD), desde la primera semana de julio; esta deberá ser notificada al INE cada tres días , y se advertía – como ya lo marca la ley- que la persona que rebase los topes o haga actos anticipados de campaña corre el riesgo de perder el registro.
(Con in formación de La Jornada)