México podrá importar productos médicos desde EU
Las exportaciones hacia México, Canadá y entidades estadounidenses como bases militares en el extranjero figuran entre las exenciones
La administración Trump alivió este martes la prohibición a exportaciones de equipos de protección personal (EPP), y la lista de exenciones creció cuando abogados expusieron las fallas de las normas, dijeron personas familiarizadas con la situación.
Las exportaciones hacia México, Canadá y entidades estadounidenses como bases militares en el extranjero figuran entre las exenciones, según un memorando interno de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) obtenido por Bloomberg News.
En el documento también destaca la empresa 3M, cuyos envíos de cubrebocas N95 a Canadá y América Latina habían sido originalmente bloqueados por el presidente Donald Trump, decisión que revirtió la semana pasada tras llegar a un acuerdo de producción con la compañía.
El sistema médico en Estados Unidos, país que lidera en el mundo con más de 580 mil casos confirmados de COVID-19, está lidiando con la escasez de equipos de protección para profesionales de la salud. La competencia por suministros médicos cruciales está alimentando confusión y sospechas entre los estados y el Gobierno federal sobre prioridades en conflicto.
La semana pasada, la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) emitió una regla temporal que requeriría que todas las exportaciones de ciertos cubrebocas, guantes y otros materiales utilizados en la respuesta al nuevo coronaviru en EU obtengan una “aprobación explícita” de FEMA.
La regla incluía una única exención para aquellos materiales cubiertos que son elaborados por o en nombre de fabricantes estadounidenses con acuerdos de exportación continuos con clientes en otros países. Además, la exención solo se aplica si al menos 80 por ciento de la producción nacional de ese fabricante fue distribuido en EU en el último año.
A las pocas horas de publicación, representantes de FEMA y CBP recibieron infinidad de correos electrónicos y llamadas telefónicas solicitando claridad.
Definiciones de exención
En una teleconferencia que realizaron las agencias la semana pasada, las compañías y sus abogados expusieron las deficiencias de la regla: ¿Qué sucede si una empresa multinacional envía productos a una de sus oficinas en el extranjero porque son necesarios para la protección personal, pero no para la venta? Un participante resaltó que su envío, dirigido a una base militar estadounidense en Medio Oriente, fue detenido porque no se ajustaba a la definición de la exención bajo la regla, dijeron tres personas familiarizadas con la llamada.
El memo de la CBP, con fecha del 9 de abril, agrega que el foco de la prohibición está en “cantidades comerciales”, que define como envíos valorados en 2 mil 500 dólares y que contienen más de 10 mil unidades de guantes, cubrebocas y otros materiales cubiertos.
Una vocera de CBP no respondió a una solicitud de comentarios.
Si bien la orientación interna se percibe como una forma de ayudar a administrar la prohibición de exportación, el documento no se ha hecho público, lo que deja a los exportadores en la oscuridad sobre cualquier modificación que se haya hecho a la regla.
La regla reservaba el derecho al administrador de FEMA de establecer exenciones adicionales “que él determine son necesarias o apropiadas para promover la defensa nacional y anunciará dichas exenciones mediante notificación en el Registro Federal”.
(Con información de El Financiero)