Cárcel y readaptación, algo muy deprimente en México

Se deben revisar los fundamentos del derecho penal, pero no olvidarlo, porque eso sería volver a la barbarie, dice Carrancá

La pena de prisión no está cumpliendo con su función en el contexto social en el que nos encontramos. Por ello, se deben revisar los fundamentos del derecho penal –pero no olvidarlo, porque eso sería volver a la barbarie y renunciar a principios de una solidez filosófica enorme–, afirmó Raúl Carrancá y Rivas, profesor emérito de la UNAM.

El académico de la Facultad de Derecho señaló que el derecho penal se apoya en la premisa de fundar la acción o conducta en una norma de comportamiento. Si no cumple con su función, manifestada en al artículo 18 de la Constitución, fracasa en toda su estructura.

Dicho artículo prescribe como imprescindible la readaptación social del sentenciado. “El objeto del derecho penal, su función, es readaptar al acusado; si no lo logra, fracasa”, dijo al participar en el II Congreso Internacional Virtual Carlos Daza Gómez, In Memoriam.

En la conferencia magistral, el considerado uno de los grandes abogados penalistas del país insistió en que si el fin fundamental de ese derecho es sancionar la acción que ha vulnerado una norma de conducta, y falla, entonces fracasa en todo lo que lo compone para llegar a manifestarse plenamente en defensa de los intereses superiores de la sociedad.

El derecho penal debe sancionar al violador de la norma; empero la readaptación no cumple con su función, y eso es importante porque presenta un panorama de lamentable vigencia y actualidad, recalcó.

Si atendemos cómo operan las cárceles en México, no hay la menor duda de que estamos ante un paisaje “deprimente y negativo”. Se readapta sobre la base de que hay que preparar al sentenciado adecuadamente para su retorno al seno de la sociedad.

Pero aquí tenemos un problema, apuntó el especialista: la sociedad moderna es competitiva, basada en reglas de consumo de tipo capitalista, que en realidad no consagra valores superiores. De ese modo se readapta a los sentenciados pero regresan a una sociedad de suyo criminógena; entonces, cuestionó, ¿cuál es el objeto de haberlos readaptado? Es similar a sanar a un enfermo del pulmón que perdió la salud en una mina contaminante y que, una vez recuperado, se le regresa al mismo sitio, donde se va a contaminar de nuevo.

La readaptación en México y el mundo opera mal porque no es valorativa y en el fondo no se recurre a la educación, a lo que debería ser una verdadera nueva posición del sentenciado para enfrentarse a un grupo de valores superiores que lo fueran orientando en el desarrollo de su personalidad. Si esto no se manifiesta estamos en presencia de un absoluto y rotundo fracaso, reiteró.

El destacado universitario expresó que en el mundo entero la pena de prisión no está cumpliendo con su función porque sigue habiendo el mismo número, o mayor, de delincuentes. Y si el número de criminales no disminuye, entonces cuál es la función de la cárcel, planteó Raúl Carrancá.
Reeducar

El objeto del derecho penal no es “sancionar por sancionar”, lo cual equivaldría a una venganza, sino reeducar, volver a colocar al sentenciado en el seno de la sociedad. Pero, si esta última es negativa, ¿cuál sería ese objeto? Ante ese cuestionamiento se deben revisar los fundamentos de ese derecho, aunque no es fácil ofrecer una solución, reconoció.

Está fuera de duda que el derecho penal tutela los bienes jurídicos de más alta jerarquía. Si los olvidamos y no les damos el debido paso en la secuencia de un progreso en la cultura y la civilización, advirtió, renunciamos a gran parte de nuestro destino.

“Lo que opera o pueda operar en el mundo de la readaptación social nos atañe y corresponde a todos; es un compromiso social que debemos adoptar en la recuperación de valores, porque está de por medio la salvaguarda, el progreso y la consolidación de nuestra sociedad y nuestro destino como seres humanos”, advirtió Carrancá.

El derecho penal es como la luz que ilumina el camino y si falla, nos extraviamos. No hay que tirar la linterna, sino tratar de ver la manera de remediar el problema, lo cual es un reto enorme. Y esto nos llevaría a renovar totalmente la estructura mediante la cual se enseña esa disciplina, precisó.

La función del derecho penal no es evitar la comisión del delito, sino sancionarlo, pero quizá valdría la pena pensar en una corriente sólidamente establecida de tipo preventivo. Hay que humanizarlo porque en el terreno penitenciario vemos una deshumanización increíble que hay que corregir, concluyó.

En la sesión virtual encabezada por el director de la Facultad de Derecho, Raúl Contreras Bustamante, fungió como moderador Arturo Luis Cossío Zazueta.

(Con información de Gaceta UNAM)

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