Intereses externos minan elecciones judiciales en Bolivia

‘Quiérase o no, la Asamblea Legislativa es el primer Órgano del Estado’, enfatizó el líder de la Cámara de Diputados

La Paz, Bolivia. La Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) descarta hoy la responsabilidad en la anulación del proceso de preselección de autoridades judiciales, afirmó el presidente de la Cámara de Diputados de Bolivia, Israel Huaytari.

“La decisión de las elecciones judiciales está en las manos de las Comisiones Mixtas (de la ALP), pero existen intereses externos que buscan impedir el desarrollo normal de este proceso”, enfatizó el legislador del Movimiento al Socialismo.

En declaraciones a la prensa, Huaytari recordó que la pasada semana se indicó que la Comisión Mixta podía proceder en la continuidad del proceso de preselección.

“Quiérase o no, la Asamblea Legislativa es el primer Órgano del Estado”, enfatizó el líder de la Cámara de Diputados.

La Sala Constitucional Primera del departamento de Pando anuló el pasado martes la preselección de los postulantes para la conformación de la candidatura en elecciones del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), el Constitucional Plurinacional (TCP), el Agroambiental (TA) y el Consejo de la Magistratura (CM).

Asimismo, ordenó la emisión de una nueva convocatoria, con lo cual llevó todo el proceso a “foja cero”.

Los vocales Celsa Salazar y Jorge Luis Sotelo concedieron tutela a la abogada Yeny Dury Bautista en una acción popular que presentó en contra de la Ley 1549 Transitoria para las Elecciones Judiciales 2024.

Según la denuncia, esa normativa vulneraba los derechos de las mujeres pertenecientes a los pueblos indígenas originarias campesinas al no incorporar entre las postulantes de Pando candidatas de este sector de la población.

Al referirse a este asunto, el senador del MAS Luis Adolfo Flores sostuvo que el TCP de Bolivia ya no está integrado por jueces, por autoridades que vigilan la Constitución, «ellos son los primeros en vulnerarla».

“Han delinquido permanentemente desde el año pasado”, expresó en referencia a que estas autoridades se autoprorrogaron pese a que su mandato constitucional concluía el 31 de diciembre de 2023.

Flores indicó que se buscó la forma de frenar el proceso, y para eso se interpuso una acción popular, algo que corresponde cuando se viola un conjunto de derechos de un pueblo.

Sin embargo, comentó, en este caso se trata de un derecho de una persona y no correspondía esa acción, en todo caso correspondía un amparo.

“Una acción popular que no corresponde Ha establecido la inconstitucionalidad de la Ley 1549″, criticó en entrevista concedida al canal Abya Yala.

Aclaró que el único que puede determinar la inconstitucionalidad de una ley es el TCP.

“Las salas constitucionales del país son utilizadas delincuencialmente y deben ser eliminadas, por eso propuse una ley», dijo el senador a Abya Yala.

(Con información de Prensa Latina)

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