UMAS constituyen un golpe a a pensiones de trabajadores
El uso de UMAS es inconstitucional porque perjudica el ingreso de los pensionados y, por lo tanto, se deberá cuantificar en salarios mínimos
En septiembre pasado un tribunal resolvió un criterio que sostiene que la Unidad de Medida y Actualización (UMA) no puede ser utilizada para calcular las pensiones, ya que es inconstitucional porque perjudica el ingreso de los pensionados y, por lo tanto, se deberá cuantificar en salarios mínimos.
Sin embargo, esa resolución judicial no implica que todos los trabajadores próximos a pensionarse recibirán sus pagos en automático en salarios mínimos; para poder “pelear” por ello, es necesario iniciar un juicio en el que se reclame la inconformidad con la UMA.
Desde la introducción de la UMA, en 2017, hubo desacuerdos entre si las pensiones debían cuantificarse en UMAs o en salarios mínimos, ya que hacerlo con las unidades representaba una baja en los montos de obtención de la pensión.
Por ejemplo, en 2019, el valor mensual por una pensión promedio de cinco veces el salario mínimo es de 12 mil 673.5 pesos en UMA. En salarios mínimos mensual sería de 15 mil 402, es decir, la diferencia es de dos mil 728.50 pesos.
Un tribunal colegiado resolvió que la UMA no puede aplicarse para determinar la cuota diaria o la limitante de pago de una pensión, por tratarse de prestaciones de naturaleza laboral regidas por el salario mínimo, sin embargo, esta resolución solo aplica para pensionados del ISSSTE y en la Ciudad de México.
Rolando Silva, presidente de la Comisión de Seguridad Social del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), explicó que un tribunal colegiado emitió una tesis que completó la jurisprudencia para que los casos que tiene que ver con el ISSSTE en Ciudad de México en términos laborales, el pago de la pensión se realice en salarios mínimos y no en UMA.
“Lo anterior significa que todos los juicios que se evalúen ese caso deben atender a la jurisprudencia de manera obligatoria. Solo aplica para quien lo lleve a juicio y es pensionado del ISSSTE en Ciudad de México. Ahí el juez le puede dar la razón”, expuso.
Legislación pendiente
Silva señaló que para que las pensiones se cuantificaran en salarios mínimos y que aplicara a todos los futuros pensionados, tendría que suceder que la Suprema Corte de Justicia de la Nación atrajera el caso y resuelva, lo que convertiría al criterio del máximo tribunal en regla general.
El especialista mencionó que un trabajador que cotizó en el IMSS también puede iniciar un juicio laboral para demandar que su pensión sea cuantificada en salarios mínimos, y no con la unidad de medida.
En este caso, el trabajador podría apelar a la resolución del tribunal colegiado, pero el juez no está obligado a considerar esa tesis en un juicio, por lo que después del proceso legal podría terminar con una pensión en UMAs.
(Con información de El Financiero)