Sexting, grooming e incitación al suicidio serán delitos

Guadalajara. El sexting o transmisión de imágenes íntimas de personas sin consentimiento, el grooming -acoso de adultos hacia menores de edad- y la difusión de retos suicidas o de masoquismo a través de redes sociales entre adolescentes, serán tipificados como delitos en el Código Penal de Jalisco luego que la comisión de Puntos Constitucionales en el Congreso del Estado aprobó este lunes una iniciativa sobre esos temas.

La votación a favor de la penalización de estas prácticas que se han difundido a través de internet fue unánime y aglutina diferentes iniciativas que realizaron diputados de la LXI Legislatura en los meses recientes.

Al adicionar el Artículo 135 bis la conducta a sancionar se refiere a quien sin consentimiento del pasivo divulgue material con contenido erótico sexual, verdadero o alterado, que afecte la honra o prestigio de una persona, se le impondrá una pena de dos a cinco años de prisión.

Cuando la situación se cometa a través de las tecnologías de la información y comunicación, se le impondrá de cuatro a ocho años de prisión, la pena será de seis a 12 años de privación de la libertad cuando el delito se cometa en perjuicio de un menor de edad.

“Del amor al odio hay un solo paso, basta con sólo apretar una tecla para humillar, difamar o denigrar a una persona. En este delito las personas se conocen víctima y victimario fueron amigos, novios o esposos. Hay una relación de confianza entre ellos, por eso el sexting o porno-venganza es un acto de traición”, señala el documento.

“Es un delito que aparte del daño que se comete al buen nombre o prestigio de la víctima, le produce depresión, vergüenza y pérdida de la autoestima causa un daño moral profundo”, expuso la diputada Rocío Corona Nakamura, quien preside la comisión.

Respecto a la modificación al Artículo 142-A se impondrán de tres a seis años de prisión a aquel adulto que con propósitos sexuales se haga pasar por un niño o adolescente para engañar a una persona menor de edad, cuando el depredador haga uso de las tecnologías de la información la pena irá de los a seis a los 12 años y si la víctima es menor de 12 años la pena podría alcanzar hasta los 15 años.

Respecto al Artículo 224 del citado código, la propuesta es “imponer la pena por tentativa de lesiones previstas en el Artículo 207 fracción III a quien, sin causa justificada, incita a persona menor de edad o a quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, a infringirse lesiones o realizar actos peligrosos para su salud”.

(Con información de La Jornada)

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