Da la Corte manga ancha a estados para financiar a partidos

De conformidad con las resoluciones del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Constitución y la Ley General de Partidos Políticos (LGPP) les otorgan a los congresos estatales absoluta libertad para regular los recursos públicos que entregarán a los partidos políticos nacionales, pero les establecen reglas precisas para determinar los de los partidos locales, sin posibilidad de modificación.

El artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que los poderes de las entidades federativas deberán garantizar que: “Los partidos políticos reciban, en forma equitativa, financiamiento público para sus actividades ordinarias permanentes y las tendientes a la obtención del voto durante los procesos electorales”.

Mientras tanto, la fracción I del inciso “A” del párrafo 1 del artículo 51 de la LGPP es muy precisa en el sentido de que la fórmula de financiamiento establecida en el artículo 41 de la Constitución únicamente aplica para el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, en el caso de los partidos políticos nacionales, y para los consejos generales de los organismos públicos locales, en el caso de los partidos locales; y para no dejar lugar a dudas repite paso a paso las operaciones que se tienen que realizar para establecer las bolsas de financiamiento.

Mientras tanto, el párrafo primero del artículo 52 de la misma LGPP establece textualmente: “Para que un partido político nacional cuente con recursos públicos locales deberá haber obtenido el 3% de la votación válida emitida en el proceso electoral local anterior en la entidad federativa de que se trate”. Y el párrafo segundo señala: “Las reglas que determinen el financiamiento local de los partidos que cumplan con lo previsto en el párrafo anterior se establecerán en las legislaciones locales respectivas”.

Mensaje ambiguo

En el Congreso de Jalisco, al aprobar la llamada Ley Kumamoto, se apegaron estrictamente a lo establecido en la LGPP, de tal manera que redujeron el financiamiento público estatal a los partidos nacionales, pero respetaron estrictamente la fórmula constitucional para los partidos con registro estatal.

Mientras tanto, en el Congreso de Yucatán reformaron el artículo 16 de la Constitución de dicha entidad para reducir el financiamiento público, en los años en que no se desarrolle proceso electoral estatal, a 50% por igual a partidos políticos nacionales y estatales.

La Corte validó, con una votación de siete a favor y cuatro en contra, la Ley Kumamoto, pero invalidó por unanimidad la reforma de Yucatán.

Y aunque, particularmente en el segundo caso, no están muy claras las razones en las que los ministros fundaron sus votos –pues seis de ellos anunciaron que harían votos concurrentes– en el caso de la ley Kumamoto las intervenciones de los ministros que formaron la mayoría apuntalaron la postura de que los congresos locales tienen plena libertad para regular el financiamiento de los partidos políticos nacionales, tal como señala el párrafo segundo del artículo 52 de la LGPP.

En la bolsa que el INE prevé para los partidos, no se consideran los recursos que los organismos públicos locales entregarán a los partidos nacionales y estatales el próximo año, ni se calcula ningún valor a los promocionales que partidos, coaliciones y candidatos difunden en todas las radiodifusoras y televisoras del país, en los tiempos del Estado, también de conformidad con lo que señalan la Constitución y las legislaciones regulatorias.

Dinero a raudales ¿limpio?

El próximo año se celebrarán comicios coincidentes en 30 entidades de la República; las únicas que no, son Baja California y Nayarit. El resto tendrá alguna elección estatal: nueve para gobernador y el resto, al menos, para alcaldes o legisladores. Esto hace que el financiamiento en los estados alcance aproximadamente 5 mil 800 millones de pesos, con lo cual el recurso público (del gobierno federal y de los 32 gobiernos de las entidades federativas) llegará aproximadamente a los 12 mil 600 millones de pesos.

Si se le coloca un valor de oportunidad a los promocionales, estaríamos hablando de 3 mil 100 millones de pesos –hoy los partidos ya no tienen que hacer dicho desem­bolso–, tomando como referencia lo que reportaron que gastaron en las elecciones federales de 2006, últimas en la que todavía compraban tiempos en radio y televisión.

En ese año, de acuerdo con los dictámenes de fiscalización del entonces Instituto Federal Electoral, erogaron casi 2 mil millones de pesos, nada más con la actualización por la inflación, sin considerar que hoy los tiempos que utilizan para la transmisión de spots son varias veces más que los que podían comprar en aquel entonces.

Así el gran total de los recursos públicos (federales y estatales; en dinero y en especie) que recibirán los partidos políticos nacionales y locales y los candidatos independientes que se registren, será de aproximadamente 15 mil 600 millones de pesos, de los cuales poco más de 7 mil millones de pesos se destinarán a las campañas y el resto para el sostenimiento de sus burocracias.

¿Financiarán cacicazgos locales?

Con las resoluciones a las dos acciones de inconstitucionalidad, la Corte dejó claro que los congresos estatales tienen plena libertad para determinar el monto de financiamiento que le otorgarán a los partidos nacionales que conserven el registro en sus respectivas entidades; pero tienen que respetar la fórmula para el cálculo­ de la bolsa para los estatales.

Esto abre posibilidades para que los congresos fortalezcan la participación de los partidos estatales con fórmulas diferenciadas que otorguen mayor proporción de recursos a los locales que a los nacionales, pero incluso puede conducir a un mayor financiamiento público total.

Los retos aquí son varios: uno, reducir los indignantes y agraviantes montos de financiamiento público que reciben los partidos políticos; dos, impulsar el fortalecimiento de fuerzas políticas locales, más arraigadas en sus comunidades; y tres, construir la institucionalidad que impida el flujo de financiamiento privado ilegal.

Y la vía para enfrentarlos tiene que venir de las reformas legislativas, como en el caso de Jalisco y Yucatán –aunque en esta última la hayan revocado– y no con acciones autoritarias, como la amenaza que lanzó el gobernador nuevoleonés, Jaime Rodríguez, de ignorar la Constitución y las leyes y eliminar del proyecto de presupuesto el recurso para los partidos políticos, simplemente porque es un tema muy rentable popularmente.

(Con información de Proceso)

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Social Media Auto Publish Powered By : XYZScripts.com