Impulsan académicos protección del agua subterránea

Un equipo interdisciplinario de universitarios elaboró una propuesta de ley de agua subterránea para México, cuyo objetivo es la protección, preservación y control de la extracción de esa fuente con base en los llamados sistemas de flujo, es decir, en cómo se mueve el líquido a escala local, intermedia y regional.

Hasta ahora se han hecho balances que sólo incorporan volumen, sin considerar calidad, en los que se soslayan procesos y se ignoran los impactos ambientales involucrados; se estima el tamaño o profundidad de pozos, pero no se toma en cuenta la existencia de agua aún más profunda, y sin cuestionar a quién debe destinarse.

México, además, se ubica dentro de los 10 primeros países que utilizan más agua subterránea, según estimaciones basadas en indicadores externos.

José Joel Carrillo Rivera, investigador del Instituto de Geografía y uno de los autores de la propuesta, expuso que entre 40 y 80 por ciento del agua de los mares en algún momento fue subterránea; el resto proviene de la lluvia.

Además, del total del agua existente, 97 por ciento es subterráneo y sólo tres por ciento superficial. Ambos están enlazados; por ejemplo, un río que fluye todo el año no lo hace porque llueva todo el tiempo, sino porque en su cauce lleva líquido proveniente del subsuelo.

Cambios menores en el volumen de agua subterránea se manifiestan como impactos ambientales visibles, como el hundimiento del suelo, afectación en ecosistemas y desaparición de ríos, manantiales y otros cuerpos de agua, aseguró el experto.

Carrillo Rivera se refirió a la relevancia de ver el conjunto del sistema, de dónde viene y a dónde va el agua, de qué cuencas surge y a dónde se mueve dentro del territorio nacional, como ya se ha hecho, por ejemplo, en Canadá, Australia, China y Gran Bretaña.

“Tales puntos dieron origen a la idea de presentar un articulado que busque soluciones basadas en los sistemas de flujo y que establezca condiciones más favorables para la población”, subrayó.

Asunto sustantivo

Gonzalo Hatch Kuri, del Programa de Becas Posdoctorales de la UNAM en el Centro de Investigaciones sobre América del Norte, y también autor de la propuesta de ley, mencionó que hay problemas de salud pública a causa de la contaminación natural y antropogénica del agua subterránea, constantes en el norte del país y el Bajío. “Hay grandes cantidades de arsénico, fluoruro y otros elementos, y ese tema es parte de los asuntos sustantivos de la legislación”.

La propuesta de ley de agua subterránea para México, con un total de 98 artículos y ocho transitorios, sería reglamentaria de los artículos 4, 16, 25, 26, 27, 28 y 124 de la Constitución.

El documento se estructura en dos títulos; el primero consta de ocho capítulos: Disposiciones generales (en el que se incluyen definiciones como gestión sustentable del agua subterránea); Servicio Hidrogeológico Nacional; Comités técnicos de agua subterránea; Gestión de acuíferos, y Manantiales.

Asimismo, Acuíferos transfronterizos, de lo cual no hay alusión alguna en la actual Ley de Aguas Nacionales ni en ningún tratado internacional con países vecinos; al respecto, la Ley de Agua Subterránea es novedosa porque sugiere un esquema inicial de regulación y ordenamiento por medio de la cooperación con nuestros vecinos fronterizos y que descansa en las sugerencias que plantean la Organización de las Naciones Unidas, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, y la Unión Europea para el tema.

El segundo título tiene tres capítulos: Principio de alerta temprana, Medidas de seguridad y Zonas reglamentadas del agua subterránea.

Impactos ambientales relacionados con el uso inadecuado del agua subterránea en México. Imagen tomada del Nuevo Atlas Nacional de México, del Instituto de Geografía.

Puntos por normalizar

Hatch Kuri dijo que se intenta normar tres puntos bajo medidas de protección del agua subterránea y control de la extracción: el principio precautorio (lo que significa que la regulación del agua partirá de la idea del daño a los sistemas de flujo), la extracción del agua subterránea y contribuir a cumplir lo establecido en la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental en materia de cuidado del agua. Además, propone la obligación de tener un mapa nacional de sistemas de flujo pues, hasta ahora, no se ha evaluado este componente ambiental.

El mapa que se tiene del agua subterránea es de los acuíferos del país, clasificados de forma administrativa; de ese modo resulta que uno tiene la misma delimitación geográfica que un municipio o que la mitad de una entidad, señaló el experto.

Para el agua superficial se ha hecho mapeo de las cuencas y se han delimitado ríos principales o secundarios, y es necesario ese mismo ejercicio para la ubicada debajo del suelo. “El mapa ayudará a que hablemos de una unidad de gestión del agua subterránea”.

Otro punto importante es la vigilancia de la calidad, que hasta ahora se desconoce a pesar de su relevancia para la salud pública. Es decir, si no se vigila la cantidad de contaminantes químicos, radioactivos o bacteriológicos nocivos, habrá problemas más serios a los ya reportados.

“Ése es otro aspecto que se intenta regular, porque en la actualidad no se hace. Con la propuesta de ley estamos cuidando que lo previsto en la Constitución se cumpla y que se garantice el derecho humano al agua”, resumió Hatch.

En la elaboración de la ley participaron también María del Carmen Aurora Carmona, del Instituto de Investigaciones Jurídicas; Rafael Huízar Álvarez, del Instituto de Geología, y Marcos Adrián Ortega Guerrero, del Centro de Geociencias. Se enriquecerá con las aportaciones de otros especialistas y en su momento será presentada a las autoridades correspondientes para su consideración.

(Con información de Gaceta UNAM)

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